SANTO TOMAS DE AQUINO

Los cuerpos de los condenados

El castigo eterno producirá en los cuerpos cuatro taras contrarias a las dotes de los cuerpos gloriosos. Serán oscuros: Sus rostros, caras chamuscadas. Pasibles, si bien nunca llegarán a descomponerse, puesto que constantemente arderán en el fuego pero jamás se consumirán: Su gusano no morirá, y su fuego no se extinguirá. Pesados y torpes, porque el alma estará allí como encadenada: Para aprisionar con grillos a sus reyes . Finalmente, serán en cierto modo carnales, tanto en alma como el cuerpo: Se corrompieron los asnos en su propio estiércol.

 

La pena del llanto

Debe decirse que en el llanto corporal se hallan dos cosas. Una es la resolución de las lágrimas. Y en cuanto a esto el llanto corporal no puede existir en los condenados. Porque después del día del juicio, descansando el movimiento del primer móvil, no habrá ninguna generación, o corrupción, o alteración del cuerpo. Y en la resolución de las lágrimas es preciso que haya generación de aquel humor que destila por medio de las lágrimas. Por lo cual en cuanto a esto no podrá haber llanto corporal en los condenados. Lo otro que se halla en el llanto corporal es cierta conmoción y perturbación de la cabeza y de los ojos. Y en cuanto a esto podrá haber en los condenados, llanto después de la resurrección. Porque los cuerpos de los condenados no sólo serán afligidos en lo exterior, sino por lo interior, según que el cuerpo se cambia para el padecimiento del alma en bien, o en mal, Y en cuanto a esto el llanto de la carne indica la resurrección, y corresponde a la delectación de la culpa, que hubo tanto en el alma como en el cuerpo.

La pena del fuego

Del fuego con que serán atormentados los cuerpos de los condenados después de la resurrección es preciso decir que es corpóreo porque al cuerpo no puede adaptarse convenientemente la pena, sino es corpórea. Por lo cual San Gregorio, prueba que el fuego del infierno es corpóreo por lo mismo que los réprobos después de la resurrección serán arrojados en él. También San Agustín, manifiestamente confiesa que aquel fuego con que serán atormentados los cuerpos es corpóreo Y de esto versa la cuestión presente. Pero de qué manera las almas de los condenados son atormentadas por este fuego corpóreo, ya se ha dicho en otra parte.

La pena que causará el conocimiento.

Debe decirse que así como por la perfecta bienaventuranza de los santos no habrá en ellos nada que no sea materia de gozo, así también en los condenados no habrá nada que no sea en ellos materia y causa de tristeza; ni faltará nada de cuanto pueda pertenecer a la tristeza para que su desdicha sea consumada. Mas la consideración de algunas cosas conocidas bajo algún concepto induce al gozo o por parte de las cosas cognoscibles, en cuanto se aman, o por parte del mismo conocimiento, en cuanto es conveniente y perfecto. Puede también haber razón de tristeza ya de parte de las cosas cognoscibles, que son aptas para contristar; ya de parte del mismo conocimiento, según que se considera su imperfección; como cuando uno considera que le falta el conocimiento de alguna cosa cuyo perfecto conocimiento apetecería. Así pues en los condenados habrá actual consideración de aquellas cosas que antes supieron, coma materia de tristeza, y no como causa de delectación. Pues considerarán las cosas malas que hicieron por las que han sido condenados, y los bienes deleitables que perdieron, y por ambas cosas se atormentarán. Del mismo modo también serán atormentados porque considerarán que el conocimiento que tuvieron de las cosas especulativas era imperfecto, y que perdieron su perfección suma, que podían haber adquirido.

Pena de daño

Esa pena será inmensa en primer lugar por la separación de Dios y de los buenos todos. En esto consiste la pena de daño, en la separación, y es mayor que la pena de sentido. Arrojad al siervo inútil a las tinieblas exteriores. En la vida actual los malos tienen tinieblas por dentro, las del pecado, pero en la futura las tendrán también por fuera. Será inmensa, en segundo lugar, por los remordimientos de su conciencia. Sin embargo, tal arrepentimiento y lamentaciones serán inútiles, pues provendrán no del odio de la maldad, sino del dolor del castigo.

En tercer lugar, por la enormidad de la pena sensible, la del fuego del infierno, que atormentará alma y cuerpo. Es este tormento del fuego el más atroz, al decir de los santos. Se encontrarán como quien se está muriendo siempre y nunca muere ni ha de morir; por eso se le llama a esta situación muerte eterna, porque, como el moribundo se halla en el filo de la agonía, así estarán los condenados. En cuarto lugar, por no tener esperanza alguna de salvación. Si se les diera alguna esperanza de verse libres de sus tormentos, su pena se mitigaría; pero perdida aquélla por completo, su estado se torna insoportable.

En el infierno se sufrirá de muchas maneras

Debe decirse que, según San Basilio, en la última purificación del mundo se hará separación en los elementos, de modo que cuanto es puro y noble permanecerá arriba, para gloria de los bienaventurados; pero cuanto es innoble y manchado será arrojado al infierno para pena de los condenados; de suerte que, así como toda creatura será para los bienaventurados materia de gozo, así también para los condenados será aumentado el tormento por todas las creaturas, conforme a aquello , peleará con él el orbe de las tierras contra los insensatos. También compete a la divina justicia que así como los que apartándose de uno por el pecado constituyeron su fin en las cosas materiales, que son muchas y varias, así también sean afligidos de muchas maneras por muchos.

La pena que causará el gusano.

Debe decirse que después del día del juicio en el mundo renovado no quedará animal alguno, o cuerpo alguno mixto, sino sólo el cuerpo del hombre, porque no tiene orden alguno respecto a la incorrupción, ni después de aquel tiempo se ha de verificar generación y corrupción. Por lo cual el gusano que se supone en los condenados, no debe entenderse que es corporal, sino espiritual, el cual es el remordimiento de la conciencia, que se llama gusano en cuanto nace de la podredumbre del pecado, y aflige al alma como el gusano corporal nacido podredumbre aflige punzando.

 

SAN BUENAVENTURA

Gravedad del pecado mortal en sus castigos eternos

"A la primera cuestión, en la cual se inquiere cómo se castiga el mal, respondo: El mal se castiga con eternidad de penas; y que esto debe ser así se prueba, en primer lugar, por razón de la divina ofensa, la cual es de tanta gravedad cuanto lo es la dignidad de la persona ofendida. Siendo, pues, Dios infinito, infinita debe ser la ofensa del pecado. Justo es, por consiguiente, que se castigue con pena infinita; pero esta ofensa no puede ser castigada con pena intensivamente infinita; luego es de todo punto necesario que se castigue con pena infinita en cuanto a la duración eterna.

 La segunda razón es ésta: El que delinque en el gremio de la ciudad, puede con toda justicia ser separado por el destierro, de la convivencia de los ciudadanos durante toda la vida y mientras la ciudad dure. Consiguientemente, si el pecador es un traidor en la ciudad de Dios, cuya duración es eterna, justa cosa es que sea castigado con el destierro perpetuo.

 La tercera razón es: El pecador es juzgado no sólo por el acto exterior, sino también por el acto interno de la voluntad. Ahora bien, el que peca, siempre que ofende a Dios adhiriéndose al placer transitorio, prefiere la perpetuidad de éste, desde el momento en que no se arrepiente de ello en toda su vida; luego debe ser castigado en la misma manera que si el placer durase perpetuamente.

 La cuarta razón es: El pecador, en todo pecado mortal, abusa de aquellas cosas que le deben ayudar y respecto de las cuales debe proceder ordenadamente en su uso. Ahora bien, siendo él parte del universo, recibe ayuda de los cuerpos elementales, celestes y supracelestes, y se relaciona con lo pasado, presente y venidero; abusa, pues, de todas estas cosas, luego todo cuanto existe en el universo debe conspirar contra el pecador, tanto en lo que se refiere a su conversión como a su duración. Forzoso es, pues, que sea castigado con adversidad universal y eterna, y, por ello, con desgracia de pena que no tendrá fin.

La quinta razón es: Habiendo sido creada el alma racional en la línea de la eviternidad y del tiempo, y hallándose situada en el tiempo por razón de su unión con el cuerpo, desaparecida esta unión, necesariamente entra el alma en el estado de la eviternidad. De ahí que si muere en pecado mortal, en él persevera toda la eternidad; pero no se da la ignominia del pecado sin el esplendor de la justicia, luego si la culpa dura eternamente, con eterno suplicio debe ser castigada